La República Desarmada: Anatomía legal de la impunidad y el impacto económico para el país.


1. Diagnóstico: el Estado se ha quedado sin herramientas para combatir el crimen

Entre 2023 y 2025, el Congreso peruano aprobó ocho leyes que han reducido drásticamente la capacidad del Estado para investigar, procesar y sancionar al crimen organizado, la corrupción política y las economías ilegales.
Estas normas – promovidas bajo el pretexto de “equilibrar” el sistema penal – en realidad neutralizan las instituciones de justicia y garantizan la supervivencia de las redes delictivas.

El resultado es un Estado desarmado, donde el crimen actúa con cobertura legal y las instituciones son obligadas a la inacción.

2. Evidencia técnica: las ocho leyes que neutralizan la justicia

FechaLeyContenido principalConsecuencia institucional
24/05/2023Ley 31751Modifica los plazos de prescripción penal.Reduce el tiempo para sancionar delitos, beneficiando a procesados e investigados.
19/03/2024Ley 31990Establece límites a los plazos de colaboración eficaz.Impide investigaciones complejas y desincentiva delaciones en casos de corrupción.
20/03/2024Ley 31989Limita la incautación de material vinculado a la minería ilegal.Permite que explosivos y maquinarias sigan en manos del crimen ambiental.
26/07/2024Ley 32104Obliga a jueces a aplicar la Ley 31751.Elimina la discrecionalidad judicial y consolida la prescripción anticipada.
07/08/2024Ley 32108Modifica el concepto de organización criminal y regula la presencia del acusado en allanamientos.Dificulta la persecución de redes criminales y elimina el factor sorpresa.
10/10/2024Ley 32130Modifica el Código Procesal Penal sobre investigación policial.Reduce a 18 meses las medidas de comparecencia y limita la acción de la PNP.
19/10/2024Ley 32138Modifica la Ley N.º 30077 (Ley contra el Crimen Organizado).Excluye delitos de corrupción y fraude del marco de crimen organizado.
04/12/2024PL 9597Amplía el plazo de formalización minera y minería artesanal (REINFO).Extiende la formalización sin control, favoreciendo la minería ilegal y el lavado de activos.

Estas ocho leyes, en conjunto, conforman una “arquitectura jurídica de impunidad”: reducen la capacidad probatoria, debilitan la acción policial, distorsionan la función judicial y fomentan la ineficacia penal.

3. Hablemos claro: cómo las ocho leyes debilitan a los tres poderes del sistema penal

3.1 Ministerio Público: inteligencia penal anulada

Sin colaboración eficaz real. La Ley 31990 impone plazos estrictos para las delaciones, cortando las fuentes internas de información.

Umbral penal elevado. La Ley 32138 excluye la corrupción del crimen organizado, fragmentando los casos y reduciendo las penas.

Tiempo judicial agotado. Las leyes 31751 y 32104 reducen y obligan a aplicar prescripciones, impidiendo que los fiscales concluyan sus investigaciones.

Debilitamiento de la incautación. La Ley 31989 impide asegurar pruebas materiales relevantes.

Resultado: el Ministerio Público pierde inteligencia, tiempo y poder coercitivo; se convierte en un actor burocrático sin eficacia real.

3.2 Policía Nacional: pérdida de capacidad operativa y control territorial

Investigación interrumpida. La Ley 32130 limita la duración de medidas de comparecencia y reduce el margen de actuación investigativa.

Freno a la acción directa. La Ley 32108 exige presencia de abogado en allanamientos, neutralizando el factor sorpresa.

Blindaje a la minería ilegal. La Ley 31989 impide decomisar materiales peligrosos, mientras el PL 9597 prolonga la formalización de operaciones ilícitas.

Resultado: la PNP enfrenta un marco legal que impide actuar, consolidando zonas dominadas por economías criminales y grupos armados ilegales.

3.3 Poder Judicial: procesos ineficaces y vacíos de sanción

Carpetas debilitadas. Con pruebas incompletas y delaciones interrumpidas, las causas judiciales llegan al tribunal con vacíos insalvables.

Prescripción obligatoria. Las leyes 31751 y 32104 fuerzan a los jueces a declarar la extinción de procesos antes de juzgar.

Corrupción fuera del crimen organizado. La Ley 32138 reduce el alcance procesal y las herramientas cautelares.

Interpretaciones laxas. La Ley 32108 impide allanamientos eficaces, mientras la 32130 acorta medidas preventivas.

Resultado: el Poder Judicial carece de instrumentos para dictar sentencias ejemplares o garantizar justicia patrimonial.

3.4 Efecto conjunto: la pinza perfecta de la impunidad

Las ocho normas se complementan como engranajes de un sistema perverso:

La Fiscalía pierde inteligencia y prueba.

La Policía pierde tiempo y autonomía.

El Poder Judicial pierde capacidad sancionadora.

El crimen, en cambio, gana cobertura legal, tiempo y recursos.
El resultado es una república que legisla contra sí misma, una “pinza de impunidad” diseñada desde el Congreso.

4. Impacto económico y social

Pérdida de inversión: la inseguridad jurídica asociada a la impunidad implica una caída de USD 600 millones por punto porcentual de confianza institucional perdida.

Gasto público improductivo: entre 2023 y 2025 el presupuesto en seguridad aumentó 17 %, sin reducción de criminalidad.

Menor productividad: la criminalidad genera una pérdida anual del 1.2 % del PBI por mayores costos de transacción y menor formalización.

Desigualdad territorial: las regiones mineras y de frontera, donde proliferan economías ilegales, sufren más violencia, corrupción y pobreza.

Conclusión económica: las leyes pro-crimen no solo destruyen la justicia, también empobrecen al país.

5. Recomendaciones estratégicas

A. Derogar las ocho leyes pro-crimen

Presentar un Proyecto Nacional de Derogación sustentado en seguridad del Estado.

Conformar una Comisión Mixta (Ejecutivo–Fiscalía–PJ) para revisar el marco penal.

B. Restaurar la capacidad investigativa

Restablecer la colaboración eficaz sin plazos restrictivos.

Ampliar la interceptación telefónica a 12 meses.

Devolver la autonomía táctica a la PNP.

C. Reforzar la transparencia y control legislativo

Crear una Ley de Control Constitucional Legislativo.

Eliminar privilegios e inmunidades para partidos políticos.

Establecer un registro público de votaciones penales del Congreso.

D. Movilización ciudadana

Crear observatorios ciudadanos de legislación penal.

Fomentar educación cívico-jurídica nacional.

Impulsar una coalición social por la justicia y la seguridad.

6. Conclusión: derogar o desaparecer

El crimen organizado ya no necesita corromper al Estado: lo ha reescrito desde el Congreso.
Mientras estas leyes sigan vigentes, la justicia será una simulación y la seguridad una ilusión.
Derogarlas no es solo un acto jurídico, es una obligación patriótica para recuperar la autoridad moral y el desarrollo nacional.

“Cada ley pro-crimen es un decreto de impunidad.
Derogarlas es el primer acto de defensa de la República.”

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